|
 |
|
|
 |
"Transparencia 2009" |
|
"Bienvenido a la Pagina de Transparencia"
APAS Metepec
|
Capitulo I de la Informacion Publica de Oficio
Articulo 12.- Los Sujetos Obligados deberán tener disponible en un medio impreso o electrónico, de manera permanente y actualizada, de forma sencilla, precisa y entendible para los particulares, la información siguiente: (da click aqui).
¿Qué es una solicitud de información? Es un requerimiento de información pública que se encuentren en los archivos de los Sujetos Obligados, y que puede ser realizado por cualquier persona sin necesidad de acreditar ningún tipo de interés. Es importante señalar que los Sujetos Obligados deben entregar la información tal y como se encuentra en sus archivos, es decir, deben entregar los documentos que contengan la información solicitada, sin que se encuentren obligados a realizar resúmenes, cálculos, realizar investigaciones o cualquier otro tipo de requerimiento que implique el procesamiento de la información contenida en los archivos. |
 |
Beneficios de la protección de datos personales
El derecho a la protección de datos personales te ayuda a que tú información referente a tú vida íntima, privada o de tú imagen y que se encuentre en poder o en los archivos de los Sujetos Obligados sea debidamente protegida, y con ello te protejas tú. Asimismo, este derecho te permite que puedes acceder a tú información personal y verifiques que sea utilizada para los fines legales para los cuales la entregaste a los Sujetos Obligados, y en caso de que detectes un mal uso de la información denuncies dicha situación al INFOEM para efectos de que se sancione por el mal manejo de datos personales. Al tratarse de tú información tienes el derecho de acceder a ella, así como de que se corrija en caso de que se encuentra incorrecta, a efecto de que no te afecte en otros derechos o trámites que tengas con los Sujetos Obligados. |
Sujetos Obligados
De acuerdo al artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se establece que:
Son Sujetos Obligados:
I. El Poder Ejecutivo del Estado de México, las dependencias y organismos auxiliares, los fideicomisos públicos y la Procuraduría General de Justicia;
II. El Poder Legislativo del Estado, los órganos de la Legislatura y sus dependencias.
III. El Poder Judicial y el Consejo de la Judicatura del Estado;
IV. Los Ayuntamientos y las dependencias y entidades de la administración pública municipal;
V. Los Órganos Autónomos;
VI. Los Tribunales Administrativos.
Los partidos políticos atenderán los procedimientos de transparencia y acceso a la información pública por conducto del Instituto Electoral del Estado de México, y proporcionarán la información a que están obligados en los términos del Código Electoral del Estado de México. |
 |
 |
Beneficios del acceso a la información
El acceso a la información es el derecho fundamental que tiene cualquier persona de acceder a la información pública que se encuentre en poder de los Sujetos Obligados. A través de este derecho, las instituciones públicas están obligadas a permitir el acceso a toda la información pública que se encuentren en sus archivos. La información que puedes obtener puede ayudarte en muchos aspectos, y puedes obtener beneficios como: • Vigilar y controlar los actos de tus gobernantes. • Formar opinión y construir un criterio veraz y fundado respecto de los asuntos públicos. • Fomentar la participación ciudadana en los asuntos públicos. • Promover la transparencia de la gestión pública. • Fortalecer la relación de confianza entre gobierno y los ciudadanos. • Obtener información que sirva para ejercer tus derechos políticos. • Obligar a los gobernantes a rendir cuentas del ejercicio de sus atribuciones o del ejercicio del presupuesto público. • Puede ayudarte a mejorar tu nivel de vida, obteniendo información que te sirva para obtener becas, subsidios o programas sociales. |
|
|
|